CONVENIOS Y OTROS
Seguro Vida Ley Cesantes
Con el seguro de vida ley cesantes podrás protegerte a ti y a tu familia.
Con el seguro de vida ley cesantes podrás protegerte a ti y a tu familia.
Es un seguro que permite a las personas que ya no laboran, seguir manteniendo las coberturas del seguro vida ley.
El seguro de Vida Ley Cesantes otorga las mismas coberturas principales (muerte natural, muerte accidental e invalidez total y permanente por accidente) que brinda el seguro de Vida Ley.
Invalidez Total y Permanente por Accidente: Se otorga al trabajador asegurado una indemnización de 32 remuneraciones mensuales percibidas por éste en el mes previo al accidente que le produjo la invalidez total y permanente, de conformidad a los supuestos establecidos en el Artículo 5° del Decreto Legislativo N° 668 (Ley de Consolidación de Beneficios Sociales).
El asegurado tiene 30 días calendario para solicitar el seguro, contados a partir de la fecha de terminación de la relación laboral:
Boletas de Pago de los tres últimos meses con firma y sello del empleador donde figure el haber básico completo (Copia legalizada notarialmente). Si en los últimos tres meses previos al cese, el trabajador ha estado con descanso médico o con licencia sin goce de haber, se deberá adjuntar una cuarta boleta.
Recuerda que, si quieres tramitar la emisión de tu póliza de Vida Ley Cesante, debes escribir al correo atención al Cliente atencionalcliente@rimac.com.pe, adjuntar los documentos de requisito.
La casilla te responderá con una cotización y si estás de acuerdo, debes responder afirmativamente para proceder con la emisión de la póliza.
Si ya tienes una póliza de Vida Ley Cesante con nosotros y deseas renovarla, también debes escribir al correo Atención al Cliente atencionalcliente@rimac.com.pe, y adjuntar tu DNI.
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